El empresario no sólo puede aplicar sanciones por no llevar los EPI's o por no cumplir instrucciones de seguridad (como mantener la distancia de seguridad). Está obligado a aplicar las sanciones. Si no, se puede sancionar a la empresa (infracción grave, de 2 a 40 mil euros) por no haber tomado medidas para hacer cumplir la normativa dentro de la empresa.

Las sanciones están previstas en el Convenio aplicable, aunque todos los convenios establecen la misma infracción: no llevar EPIs o incumplir las instrucciones de seguridad es una infracción leve. A la tercera infracción cometida por un trabajador se le puede sancionar con varios días de sanción de trabajo y sueldo (consultar el convenio, va entre los 2 o 3 días, hasta los 12-15, depende de cada convenio): se le envía a casa, y no se le paga el sueldo, ni siquiera se cotiza a la Seguridad Social. Como puede ser un fin de semana, la empresa ni siquiera sufre problemas productivos.

El sistema de establecer la infracción es comunicarle por escrito al trabajador el hecho (que no llevaba la mascarilla tal día a tal hora en tal puesto, por ejemplo), firmando el responsable de la empresa y el propio trabajador firmando como “enterado y conforme”. Si el trabajador no quiere firmar, entonces deben firmar dos trabajadores de la empresa como testigos conforme se le ha comunicado y entregado el escrito al trabajador. Y al entregar el escrito, hay que explicar muy bien que a la tercera irán a casa sancionados. Así, los trabajadores tomarán conciencia de que la empresa se toma el tema en serio.

Es necesario que la empresa establezca un procedimiento de vigilancias periódicas. Si no, puede parecer que sólo han cogido algún caso aislado y el trabajador “pillado” podría alegar que es acoso contra él, que no lo han hecho con nadie más.

Por último, están obligados a hacer cumplir las normas dentro del centro de trabajo, independientementede de si está dentro del horario laboral: si el café lo toman dentro de su centro, es la empresala que está obligada a hacer cumplir la normativa. Lo que no pueden controlar es lo que hagan fuera de su centro de trabajo.