Los convenios de construcción discriminan el personal con discapacidad auditiva
Como es sabido, los convenios de la construcción, metal, carpintería y vidrio establecen la obligación de realizar cursos presenciales de 20 horas de duración, por oficio, para todo el personal que debe realizar tareas en obras de construcción (construcción y metal también para cualquier persona en plantilla, aunque no vaya a obra). No se admite ninguna otra modalidad de impartición, tal como la formación online, o por videoconferencia (lo cual generó durante el confinamiento por la pandemia del covid un gravísimo problema, al impedir a muchos trabajadores poder acceder a trabajar en obras, al estar prohibidas las formaciones presenciales, pero esa es otra cuestión). Nos hemos encontrado una trabajadora con sordera, solicitando realizar el curso. Evidentemente dicha trabajadora no puede asistir a una sesión de curso presencial “tradicional”, donde el temario se basa prácticamente en las explicaciones del profesor, y los medios visuales son solo de apoyo (proyección de diapositivas, etc). Para este tipo de casos se debe realizar la formación con medios adaptados a la discapacidad, y para sordera, realizar el curso con metodología online es lo lógico. Puestos en contacto con la Fundación del Metal (la trabajadora está en este convenio), comunicaron que no habían previsto casos así, que en cualquier caso el curso debía ser presencial, que la propia Fundación no realiza el curso para ella, y que la entidad formadora deberá adaptar el curso con los medios necesarios. Si debe ser presencial, la única opción posible es disponer durante todo el curso de traducción simultánea con lenguaje de signos, mediante la presencia del traductor. Un coste muy elevado para formarla. Y teniendo en cuenta que esta formación de convenio es un coste que debe asumir la empresa, o bien el propio trabajador cuando aún no ha trabajado nunca en el sector (porque de todos es sabido que las empresas prácticamente solo contratan a trabajadores que ya disponen del curso, por lo que en la práctica se ha estado obligando a los trabajadores a costearse el curso para poder acceder a su primer puesto de trabajo, pero esta también es otra cuestión), la imposición de este coste extra, de entre 5 y 10 veces superior que para un trabajador sin discapacidad, es discriminatorio. Trasladamos la situación a las asociaciones de personas con sordoceguera para que puedan presionar a quien corresponda para solucionar este grave hecho.